| Atalaya | 31 | 14 | 3 | 17 | 
| Temperley | 30 | 13 | 4 | 17 | 
| Gimnasia | 30 | 13 | 4 | 17 | 
| Provincial | 29 | 12 | 5 | 17 | 
| Caova | 28 | 11 | 6 | 17 | 
| Sportsmen | 28 | 11 | 6 | 17 | 
| Unión y P. | 26 | 9 | 8 | 17 | 
| Atlantic | 25 | 8 | 9 | 17 | 
| Sp. América | 25 | 8 | 9 | 17 | 
| Náutico | 25 | 8 | 9 | 17 | 
| Unión AS | 23 | 6 | 11 | 17 | 
| El Tala | 22 | 5 | 12 | 17 | 
| Echesortu | 22 | 5 | 12 | 17 | 
| Central | 22 | 5 | 12 | 17 | 
| Regatas | 22 | 5 | 12 | 17 | 
| Fisherton | 20 | 3 | 14 | 17 | 
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	    Ascenso
	
							Sangre rosarina, leyenda mundial, heroína estadounidense. La más imponente jugadora que haya existido, enorme deidad del básquet, pero a su vez tan cercana en sus sentimientos por su paso por Talleres de Villa Gobernador Gálvez o su fanatismo por Central. Diana Taurasi, de ella se trata, anunció su retiro de la actividad tras ganar todo lo que se pudiera ganar y varias veces....[+]
						
						
					
	
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                                LA NACIÓN AUTORIZÓ PRÁCTICA DE DEPORTES GRUPALES Y CON CONTACTO EN SANTA FE | 
| 13/11/2020 | 
| Informacion General | 
						LA NACIÓN AUTORIZÓ PRÁCTICA DE DEPORTES GRUPALES Y CON CONTACTO EN SANTA FE
                    
                                                
                    
						La decisión de cómo rehabilitar las prácticas suspendidas por la pandemia corresponde a cada jurisdicción. Podrá ser inmediata o gradual. Si hay aumento de contagios, se volverá atrás. La provincia se compromete a enviar informes semanales con un seguimiento epidemiológico
                    
                    
                     
                                                
                     
                        
                       
                                                
                    
						El gobierno nacional, mediante una decisión administrativa publicada este jueves en el Boletín Oficial, exceptuó a la provincia de Santa Fe de la prohibición de práctica de deportes grupales, también denominados de contacto. La rehabilitación de esas prácticas es con el cumplimiento de protocolos que “garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de covid-19”, señala el texto oficial.
La medida también indica otros cuidados, como por ejemplo en el desplazamiento de quienes practiquen esos deportes, que deberá limitarse al cumplimiento de esas actividades sin utilizar el servicio público de transporte de pasajeros, lo que en Rosario, con los reiterado paros de choferes de colectivos, parece redundante.
La autorización incluye a las provincias de La Rioja y Neuquén. Como en Santa Fe, deberán dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades rehabilitadas, que podrán retomarse de acuerdo a los criterios de cada jurisdicción, en forma total o gradual, e incluso volver a suspenderlas si se detecta un aumento de contagios.
A la vez, las autoridades sanitarias de esos distritos deberán monitorear en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación la evolución epidemiológica y las condiciones sanitarias referidas a la autorización de las prácticas, y remitir un informe semanal sobre la situación en cada uno de los deportes.
Todo, en relación a la capacidad del sistema de Salud para contener los contagios por covid-19 y otras enfermedades.
Las personas autorizadas a desarrollar los deportes, como en otras actividades, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19 que fija la Decisión Administrativa 897/20.
                    
                    
                    La medida también indica otros cuidados, como por ejemplo en el desplazamiento de quienes practiquen esos deportes, que deberá limitarse al cumplimiento de esas actividades sin utilizar el servicio público de transporte de pasajeros, lo que en Rosario, con los reiterado paros de choferes de colectivos, parece redundante.
La autorización incluye a las provincias de La Rioja y Neuquén. Como en Santa Fe, deberán dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades rehabilitadas, que podrán retomarse de acuerdo a los criterios de cada jurisdicción, en forma total o gradual, e incluso volver a suspenderlas si se detecta un aumento de contagios.
A la vez, las autoridades sanitarias de esos distritos deberán monitorear en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación la evolución epidemiológica y las condiciones sanitarias referidas a la autorización de las prácticas, y remitir un informe semanal sobre la situación en cada uno de los deportes.
Todo, en relación a la capacidad del sistema de Salud para contener los contagios por covid-19 y otras enfermedades.
Las personas autorizadas a desarrollar los deportes, como en otras actividades, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19 que fija la Decisión Administrativa 897/20.
                    

		

				
			
						


						
						
						





 
										


							
						
							
                                
                            
		
		


